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2do comunicado COVID-19

comunicado covid-19

Última actualización: 27 de abril

 

¿Se han paralizado todos los pleitos en propiedad intelectual e industrial en España?

La declaración del Estado de Alarma en España a consecuencia de los avances del COVID-19 ha dado a entender que los procesos judiciales se han paralizado por completo durante el tiempo en que permanezca en vigor (hoy por hoy hasta el 10 de mayo). La situación ha evolucionado con el paso del tiempo y requiere además algunos matices:

1. Infracciones en la red

El procedimiento de salvaguarda contra defraudaciones de derechos de autor en la red sigue operativo. Se puede seguir instando la retirada de contenidos ilícitos por el procedimiento on-line ante la Comisión de Propiedad Intelectual del Ministerio de Cultura. Nada ha cambiado tampoco en cuanto a la posibilidad de retirar contenidos de las plataformas de internet a través de sus propios mecanismos de resolución de conflictos.

2. Acciones civiles

No se ha decretado el cierre total de los Juzgados, pero sí medidas que comprometen muchas de sus actuaciones:

Plazos de prescripción de acciones: los plazos sustantivos de prescripción para el ejercicio de nuevas acciones están interrumpidos hasta que se levante el estado de alarma.

Nuevas demandas: a partir del miércoles 15 de abril ya se pueden interponer por vía telemática, porque el CGPJ autoriza ya la presentación de escritos no urgentes.

Plazos en procedimientos en curso: han quedado interrumpidos y se reanudarán cuando cese la alarma.

Vistas públicas: se han suspendido y tendrán que ser nuevamente calendadas cuando vuelva la normalidad.

Medidas cautelares / escritos preventivos: en principio cabe la posibilidad de presentar una solicitud de medidas cautelares o un escrito preventivo en casos de urgencia (si son necesarias para evitar perjuicios irreparables en los derechos e intereses legítimos de las partes), pero al no correr plazos ni poder celebrarse vistas es improbable que se tramiten. Hay que entender que el periodo de suspensión por el Estado de Alarma no perjudicará en el futuro la apreciación del periculum in mora.

Tramitación general: desde el miércoles 15 de abril la tramitación de los procesos se ha reanudado, siempre que no dé lugar a actuaciones de plazo o señalamientos de Vistas.

3. Medidas en frontera

Las intervenciones aduaneras se rigen en España por un Reglamento de la Unión Europea, pero se aplican por un órgano administrativo español. La situación, por tanto, es distinta:

Presentación nuevas solicitudes de intervención (SIA): al ser telemática la presentación, nada lo impide.

Renovación de SIA: tanto si es una SIA española como de la Unión Europea, los plazos siguen estando en vigor. La renovación podrá presentarse telemáticamente sin problemas.

Intervenciones aduaneras: las intervenciones de mercancía falsificada no se han parado formalmente, Se están recibiendo notificaciones. Los plazos siguen corriendo.

4. Acciones policiales

No hay nada dispuesto al respecto, pero es obvio que este tipo de actuaciones en delitos que no son prioridad se pueden ver alteradas, esto es:

Citaciones y ofrecimiento de acciones: se están recibiendo y atendiendo, aunque en menor medida.

Redadas: las ferias y mercadillos han sido prohibidos y los establecimientos que no son de productos de alimentación están cerrados.

Denuncias: por más que la policía pueda aceptar una denuncia, la investigación policial para estos delitos es improbable que se ponga en marcha.

5. Acciones penales

Los Juzgados del orden penal siguen trabajando pero sólo para principalmente delitos que gocen de prioridad. Los delitos contra la propiedad industrial no son prioritarios. En consecuencia:

Nuevas denuncias: aunque podrían presentarse telemáticamente en el Juzgado de Guardia, siempre se había optado por la denuncia policial, por lo que es una opción de dudosa eficacia.

Vistas y citaciones en procesos en curso: han quedado en suspenso. Hemos sido informados que volverán a ser señaladas.

Tramitación general: la investigación podrá seguir su curso, con presentación de escritos, aunque no dará lugar a señalamientos que impliquen comparecencias o declaraciones.

6. Recursos contencioso-administrativos

Los plazos en los recursos contencioso-administrativos contra decisiones de la Oficina Española de Patentes y Marcas han quedado en suspenso. Esto implica la paralización de facto de todos los procedimientos.

7. Recursos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Los recursos ante el Tribunal General contra decisiones de la EUIPO y los procedimientos ante el Tribunal de Justicia (en recursos de casación contra sentencias del Tribunal General y en cuestiones prejudiciales dimanantes de litigios nacionales) se rigen por la normativa de la Unión Europea. El Tribunal ha continuado flexibilizando su postura y a partir del jueves 23 de abril la situación queda como sigue:

Vistas en recursos en trámite: las Vistas señaladas hasta el 25 de mayo han quedado aplazadas y las partes están siendo informadas.

Plazos pendientes en recursos en trámite: los plazos pendientes se prorrogan un mes.

Nuevos plazos en asuntos en trámite: cualquier nuevo plazo a partir de hoy será fijado en atención a las circunstancias, pero el Tribunal sólo trabajará en asuntos urgentes.

Nuevos recursos: los plazos de interposición de recursos ante el Tribunal General o de recursos de casación siguen su curso y no se suspenden, por lo que es necesario atenderlos.

Recursos ante el Tribunal General: todos los plazos siguen su curso, sin perjuicio para las partes de instar una prórroga. Las Vistas seguirán suspendidas, al menos, hasta el 25 de mayo.

8. Requerimientos

Se pueden seguir enviando requerimientos a través de los procedimientos telemáticos de correos, pero es dudoso que puedan ser entregados a empresas o establecimientos. Hay que preguntarse también si es el mejor momento para hacerlo o si es preferible dejarlo preparado para enviarlo más tarde.

9. Investigaciones

Las investigaciones de infracciones on-line siguen operativas. Las presenciales, con la prohibición de circulación y cierre de establecimientos, son impracticables, aunque se pueden ir preparando.

10. Demandas de nombres de dominio

La OMPI no ha comunicado hoy por hoy la suspensión del procedimiento de resolución de controversias bajo la Política UDRP, adoptada por la ICANN. Es posible la presentación de demandas.

Capacidad de ELZABURU

Como ya hemos informado, toda la plantilla de ELZABURU trabaja con normalidad desde casa a través de nuestro escritorio virtual y está en disposición de presentar telemáticamente escritos ante cualquier Autoridad y de seguir preparando escritos y estrategias, a la medida de las necesidades de sus clientes, para cuando se dejen de sentir los efectos del Coronavirus.

 

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