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Albert Camus y el derecho al inédito

Albert Camus[Public
domain], via Wikimedia Commons

Se cumple estos días el centenario del nacimiento de Albert Camus, escritor cuya estatura no ha dejado de crecer desde su muerte en trágico accidente de carretera a comienzos de 1960.
Pese a cierto encasillamiento en la corriente existencialista, Camus fue un hombre profundamente aferrado a la vida y de una integridad artística sin parangón entre los intelectuales de su época. Cabe recordar que Camus nunca estuvo de parte de quienes hacen la historia, sino de quienes la padecen; que dijo que había que ser amigo de todos los placeres pero esclavo de ninguno; o que proclamó su apego a los pocos bienes perecederos y esenciales que dan sentido a nuestra vida, a saber: el mar, el sol y las mujeres resplandecientes. 
Para el Derecho de autor, Camus es un buen ejemplo de la dificultad que entraña emitir juicios de valor acerca del derecho al inédito y su ejercicio post mortem auctoris. La ley faculta al autor, como parte de su derecho moral, a decidir si su obra debe ser divulgada. Esta facultad puede ser ejercitada por sus herederos después de su muerte (art.15.2 LPI). No es infrecuente que el derecho al inédito se contraponga al derecho de acceso a la cultura que contempla asimismo la ley (art. 40). La posibilidad de acudir al Juez para soslayar la decisión de los derechohabientes del autor de no divulgar la obra al socaire del acceso de todos a la cultura.
El episodio que ilustra esta pugna, en el caso del autor de «La caída», no es bien conocido. A su muerte, Camus dejó inacabada una novela «El primer hombre» que cualquier avispado heredero habría dado a la imprenta inmediatamente para rentabilzar la ocasión. Pero no así su hija Catherine. En aquellos momentos Camus era una figura discutida a quien no se le había perdonado que fuese galardonado con el premio Nobel de Literatura o que se mostrase tan contradictorio -y coherente al mismo tiempo- en la llamada cuestión argelina. Con impecable criterio, su hija decidió ejercer su derecho a la no divulgación nada menos que por espacio de treinta años. Cuando en 1994 la novela fue publicada se reveló como una de las cimas en la narrativa de Albert Camus y de su pensamiento, reafirmando a su autor en el parnaso de los grandes nombres de la literatura universal.
La anécdota desmiente además esa impresión demasiado generalizada de que viudas y herederos son los peores albaceas de la memoria de un autor.
Como juristas, recordemos por último, en el aniversario de su nacimiento, estas certeras palabras del autor de «El hombre rebelde»: «El Derecho está del lado de los que sufren, gimen y esperan. No está, no puede estar, con los que calculan y con los que atesoran».

Autor: Antonio Castán

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