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Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 23/2011 del depósito legal

El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente continuar con la tramitación del anteproyecto de ley que modifica la Ley 23/2011 de Depósito Legal, ¿qué implica esta decisión y en qué se fundamenta?

En un país como España, característico por la mezcla de culturas a lo largo de la historia, resulta de vital importancia de cara a fomentar el interés por la cultura, investigación e información, contar con una institución cuya finalidad sea la de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital de la cultura del país en cada momento histórico.

Esta institución la conforma el depósito legal. El depósito legal permite a la Administración General del Estado y a las Comunidades Autónomas cumplir con el deber de preservar y recoger ejemplares de publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública, alquiler o venta.

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En un mundo en el que las tecnologías avanzan día a día resulta fundamental adaptarse lo más rápido posible a dichos avances y no quedarnos atrás, es por ello por lo que el Consejo de Ministros ha aprobado recientemente continuar con la tramitación del anteproyecto de ley que modifica la Ley 23/2011 de Depósito Legal.

Esta decisión se fundamenta, primordialmente, en la necesidad de su adaptación a los cambios producidos durante los últimos años en el sector editorial. Es por ello por lo que la nueva ley permitirá cumplir un papel más efectivo en la conservación de la edición nacional y optimizará la gestión de los centros de conservación mejorando y perfeccionando la recogida de publicaciones, lo que, para una mayor adaptación al mundo actual, implicará una progresiva incorporación de medios digitales al panorama editorial.

Sin embargo, esta nueva ley también implica una serie de cambios relevantes para el sector audiovisual español, en concreto, se reconocerá a la Filmoteca Española como centro de conservación y se dotará, de manera implícita, de una mayor importancia a la figura del productor.

En cuanto a la importancia a la figura del productor, veremos como la nueva ley incluirá como obligación para los sujetos obligados a solicitar el número de depósito legal el incluir no solo al editor, sino también al productor. Asimismo, con la aprobación de la nueva ley, el depósito legal implicará la inclusión de los materiales originales relativos a cualquier película cinematográfica realizada por un productor con domicilio, residencia o establecimiento permanente en el territorio español.

Pero no solo hablaremos del depósito legal de “películas cinematográficas” sino que se incluirá también el concepto de “otras obras audiovisuales” que hará referencia a aquellas obras audiovisuales que no estén destinadas a ser exhibidas únicamente en salas cinematográficas, sino que dicho concepto se referirá a obras audiovisuales que lleguen al público a través de otros medios de comunicación.

Por el momento el anteproyecto ha sido sometido a consulta pública, por lo que aún tendremos que esperar para conocer la nueva regulación que le será de aplicación al Depósito legal en España.

Autora: Claudia Pérez Moneu

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