El pasado 25 de septiembre el
TJUE modificó su Reglamento de Procedimiento.
TJUE modificó su Reglamento de Procedimiento.
En el futuro el TJUE podrá:
(i)
limitar la longitud de los escritos de alegaciones de las partes;
(ii)
resolver los asuntos mediante auto motivado;
(iii) prescindir de la fase
oral en aquellos casos en los que sea posible resolver la disputa sobre la base
de las observaciones de las partes;
(iv) limitar el ámbito material de
la vista; y
(v) ampliar las facultades de acumulación de los asuntos en
fase oral, e incluso prescindir del informé para la vista.
En materia
prejudicial, el Reglamento establece los requisitos mínimos para poder
articular la petición de decisión prejudicial e introduce salvaguardas para
proteger la privacidad de las partes litigantes.
Estos cambios están en línea con
el marco procesal de actuación del TG y serán de aplicación a partir de
noviembre de 2012.
el marco procesal de actuación del TG y serán de aplicación a partir de
noviembre de 2012.
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