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¿Es necesario probar los daños si el titular de una patente opta por la regalía hipotética?

El artículo 13 de la Directiva 2004/48/CE de
Enforcement parece equiparar, de un modo un tanto confuso, la regalía
hipotética con los daños y perjuicios, mientras que en muchos ordenamientos
jurídicos tendría mejor encaje en la figura del enriquecimiento injusto.
La referencia a los daños y perjuicios, que ha
sido transpuesta en el artículo 66 de la Ley de Patentes, ha causado numerosos
problemas en España donde la jurisprudencia ha afirmado tradicionalmente que
los daños deben ser “reales y efectivos” y estrictamente limitados a los que se
han probado. ¿El titular de la patente tiene la carga de aportar una prueba del
daño que ha sufrido aunque opte por la regalía hipotética? Esto ha dado lugar a
una jurisprudencia confusa y contradictoria y al desarrollo de la llamada
doctrina de “ex re ipsa que busca
compaginar de algún modo la regalía hipotética con la jurisprudencia
tradicional, estableciendo que no hay necesidad de probar la existencia del
daño si de las circunstancias se deduce claramente la existencia de daño ex re ipsa. Sin embargo, hubiera sido
mucho más conveniente reconocer que, dado que la regalía hipotética no tiene
encaje en el concepto de los daños y perjuicios, entonces la cuestión de su
prueba ni siquiera surge.
Ésta es precisamente la conclusión de la
Audiencia Provincial de Madrid, en la sentencia nº 25/2014 de 24 de enero 2014
en el recurso 578/2012. En esta sentencia se establece que la finalidad de la
regalía hipotética no es la compensación de un quebranto patrimonial sino la
retribución de la invasión antijurídica del derecho de exclusiva del titular
.
La resolución no se fundamenta en la
existencia ex re ipsa de daños y
perjuicios, sino que establece que no es necesario probar que el titular los
haya sufrido. Ésta es una buena noticia para los titulares de patentes que
hasta ahora corrían el riesgo de que los tribunales consideraran que los daños
no eran tan evidentes como se afirmaba, por ejemplo, cuando el titular no
estuviera explotando la patente o no hubiera realizado preparativos para
hacerlo directamente o por medio de la concesión de una licencia. La Audiencia
ofrece además unas indicaciones claras sobre la determinación de la regalía hipotética,
que puede comprender un canon de entrada, un canon fijo anual y un canon
variable según el volumen de ventas.

Autor: Colm Ahern
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