La firma ELZABURU ha tenido el placer de colaborar con la editorial Thomson-Reuters Aranzadi en la obra Fashion Law, tratado pionero en España sobre el derecho de la moda, que fue presentado el pasado 16 de abril.
Con estos pequeños resúmenes semanales, los profesionales de ELZABURU que han colaborado en la obra nos ofrecen una breve panorámica de su contribución:
Agotamiento de derechos en el sector de la moda
El rol que juega la marca en un sector como el de la moda es innegable, no sólo supone una garantía para el consumidor, sino que, adecuadamente gestionada, puede reportar un importante valor comercial a su titular.
Sin embargo, la premisa de prohibir el uso por parte de terceros, de la que parte el derecho marcario, podría contravenir valores comunitarios como libertad de circulación de mercancías o la libre competencia en caso de ser considerada sin ambages.
Con la intención de suavizar una concepción extrema, surge la figura del agotamiento de los derechos de propiedad industrial e intelectual, consistente en limitar este ius prohibendi respecto de las importaciones y ventas de productos, una vez estos han sido comercializados en una determinada jurisdicción.
El capítulo se sirve de la jurisprudencia comunitaria más relevante sobre el asunto para exponer el iter histórico-normativo que ha recorrido esta figura hasta alcanzar su extensión actual, desde su concepción hasta la delimitación de sus excepciones.
Mediante su aplicación, el agotamiento da lugar a varios fenómenos que resultan clave en el sector de la moda, así el capítulo aborda los sistemas de distribución selectiva tan comunes en productos como perfumería y productos de gama de lujo, estudiando los requisitos que deben cumplir para configurarse como una excepción al principio de agotamiento, así como su aplicación práctica mediante la recopilación de las conclusiones extraídas de los Tribunales.
De la misma forma resulta habitual en este ámbito el gray market o comercio paralelo, que busca sacar provecho de la oscilación de precios de un mismo producto en distintos Estados. El artículo apunta factores clave de este modelo de comercio, tales como los actores intervinientes, los indicadores a acudir para determinar si ha mediado agotamiento o no, así como su distinto planteamiento según se acuda al ámbito intracomunitario o extracomunitario.
La aparición de Internet ha trastocado de manera disruptiva la distribución comercial. A día de hoy, resulta inconcebible que un producto no esté comercializado on-line, pudiendo optar el consumidor a su compra a través de unos simples clicks.
La implantación de la Sociedad de la Información plantea no pocos retos jurídicos en torno a la aplicación de la doctrina del agotamiento en la Red.
De una parte, este nuevo panorama ha supuesto facilidades para los importadores paralelos al reducir costes de comercialización y ampliar el alcance de su actividad. De otra, la inherente ubicuidad de Internet se presenta como un reto para delimitar en qué supuestos se ha producido el agotamiento.
A modo de broche final, el capítulo aborda las medidas de control y protección frente al comercio paralelo de productos, una vez ha sido detectado y analizado, apuntando a las acciones más útiles a llevar a cabo frente a éste.
Autor: Fernando Díaz
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La serie Fashion Law se compone de las siguientes entregas:
1. La protección de las marcas en el sector de la moda (23.04.2018)
2.La protección de los diseños en el sector de la moda (30.04.2018)
3.La protección de las patentes en el sector de la moda (07.05.2018)
4.La protección de la moda a través del derecho de autor (21.05.2018)
5.El derecho de imagen en el mundo de la moda (28.05.2018)
6.Data Fashion: cuestiones de privacidad y protección de datos (04.06.2018)
7.Falsificación y piratería en la moda (11.06.2018)
8.Agotamiento de derechos en el sector de la moda (18.06.2018)
9.La reputación corporativa en el sector de la moda (25.06.2018)
10.Protección de la imagen comercial de una marca de moda (04.07.2018)
11.Moda 4.0: webs, apps y RRSS (13.07.2018)
12.Valoración de intangibles (17.07.2018)
13. Licenciamiento (06.09.2018)