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Fashion Law. Valoración de intangibles (XII)

La firma ELZABURU ha tenido el placer de colaborar con la editorial Thomson-Reuters Aranzadi en la obra Fashion Law, tratado pionero en España sobre el derecho de la moda, que fue presentado el pasado 16 de abril. 

Con estos pequeños resúmenes semanales, los profesionales de ELZABURU que han colaborado en la obra nos ofrecen una breve panorámica de su contribución: 

 

Valoración de intangibles

Con el paso del tiempo los activos intelectuales han ido ganando cada vez más peso en el valor de las empresas dedicadas a la moda, siendo las empresas más valiosas del mundo las que tienen marcas, patentes o diseños con valoraciones millonarias.

La valoración de un activo intangible en el mundo de la moda supone un reto debido al carácter no físico de esos activos, pues incorpora numerosos factores difícilmente evaluables con los métodos tradicionales de valoración de bienes, que suelen ajustarse más a activos tangibles.

Tan importante como saber el valor de los activos materiales de una empresa, es conocer el de sus activos inmateriales, pues constituyen una parte muy relevante del valor de la compañía.

Estas valoraciones pueden ir motivadas por razones de muy distinta índole: contabilización de los activos inmateriales de una empresa a efectos legales y fiscales, aportación de activos a una sociedad, licenciamiento de los mismos, indemnizaciones en litigios o constitución de hipotecas mobiliarias sobre los activos u otras operaciones.

Asimismo, también resulta interesante realizar una valoración de los intangibles cuando se está llevando a cabo un proceso de due diligence o auditoría de una empresa. De forma genérica esto se realizaría de la siguiente manera: identificar qué activos inmateriales se poseen y cuales entrarían en el proceso, determinar la existencia de derechos sobre ellos, comprobar el estado de los mismos y comprobar la afectación de esos activos por derechos de terceros y por último llevar a cabo la valoración de los intangibles propiamente dicha.

En las valoraciones de intangibles deben intervenir profesionales de distintas áreas para conseguir una estimación lo más aproximada posible y siempre atendiendo a las circunstancias que las rodean.

Hay dos grandes enfoques que hay que tener en cuenta a la hora de realizar una valoración de intangibles: el enfoque cuantitativo (datos numéricos y económicos) y el enfoque cualitativo (calidad y factores externos).

Antes de realizar dicha valoración hay que tener claro cuál es el motivo de la valoración, para elegir qué método o métodos se va a utilizar. A grandes rasgos, estos son los principales métodos:

  • Método de coste: es el coste incurrido para su generación o sustitución.
  • Método de ingresos: el valor presente de los beneficios económicos que se esperan durante la vida útil del derecho.
  • Método de mercado: el precio que otros adquirentes han pagado por derechos similares en el mercado.

Al existir diferentes tipos de intangibles susceptibles de ser valorados, estos métodos se adaptarán de formas distintas a cada uno de ellos, pudiendo en ocasiones ser más recomendable seguir uno u otro según las circunstancias de cada caso.

Autora: Cristina Espín

Visite nuestra web: http://www.elzaburu.com/

 

La serie Fashion Law se compone de las siguientes entregas:

1. La protección de las marcas en el sector de la moda (23.04.2018)

2.La protección de los diseños en el sector de la moda (30.04.2018)

3.La protección de las patentes en el sector de la moda (07.05.2018)

4.La protección de la moda a través del derecho de autor (21.05.2018)

5.El derecho de imagen en el mundo de la moda (28.05.2018)

6.Data Fashion: cuestiones de privacidad y protección de datos (04.06.2018)

7.Falsificación y piratería en la moda (11.06.2018)

8.Agotamiento de derechos en el sector de la moda (18.06.2018)

9.La reputación corporativa en el sector de la moda (25.06.2018)

10.Protección de la imagen comercial de una marca de moda (04.07.2018)

11.Moda 4.0: webs, apps y RRSS (13.07.2018)

12. Valoración de intangibles (17.07.2018)

13. Licenciamiento (06.09.2018)

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