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La importancia de la propiedad industrial e intelectual en el éxito empresarial

Un nuevo invento, una mejora técnica en un proceso o producto o un modelo de utilidad son algunos ejemplos de los que se conoce como propiedad industrial. Su registro supone la obtención de un monopolio legal, por un período de tiempo y el control de su uso. Estos bienes intangibles pueden ser el máximo patrimonio de una empresa.

Este verano he tenido una conversación muy divertida con mis hijos, de 11 y 8 años, sobre tecnología. Su edad hace que sean nativos digitales y, por lo tanto, que no tengan experiencia vital sobre un mundo sin móviles y sin internet.

Me miraban con incredulidad cuando les explicaba que antes en las calles había pequeñas casetas acristaladas con teléfonos en su interior porque nadie llevaba un teléfono consigo. O que, si querías enviar un mensaje a alguien, escribías una carta que tardaba días en llegar, o que los televisores no tenían color y, mucho menos, mando a distancia. Fue un momento mágico.

Inevitablemente, también saca una sonrisa comprobar qué pensaban nuestros abuelos sobre lo que sería el futuro. Y cómo, por lo general, la mayoría de las películas se alejan bastante de lo que finalmente fue ese futuro, que no es sino nuestro presente. Baste como ejemplo, comprobar que en Regreso al Futuro 2, en el futuro que imaginaron Robert Zemeckis y Bob Gale (sus guionistas), hay coches voladores en 2015, pero ni un solo móvil.

Verificas, en suma, cómo hemos evolucionado a una velocidad sin precedentes en el último siglo. Y también compruebas que esa evolución no siempre lleva a donde habías imaginado.

¿Cómo pueden las empresas tomar decisiones en este contexto? ¿Cómo invertir? ¿Cómo proteger sus inversiones? ¿Cómo predecir lo impredecible?

La legislación ofrece un amplio abanico de posibilidades para la protección de bienes inmateriales.

Así, quien inventa algo nuevo lo puede patentar, quien diseña una mejora técnica sobre un proceso o producto ya existente puede registrarlo como modelo de utilidad y así sucesivamente con las marcas, las denominaciones de origen, etcétera. Todo este bloque es el genéricamente conocido como propiedad industrial y requiere, para nacer, su registro. El registro supone la obtención de un monopolio legal, por un período dado, para el control del uso del intangible en cuestión.

Hay intangibles que valen millones y que son el máximo patrimonio de una empresa (marcas como Coca-cola, Apple, y El Corte Inglés, entre muchísimas otras).

La fabricación de un teléfono móvil puede incluir innovaciones protegidas contenidas en unas 2.000 patentes (el USB, el Wi-fi, el 4G, el Bluetooth entre ellas). Sin esto, simplemente no es posible crear hoy día un teléfono móvil que se pueda comercializar. Y aproximadamente el 25% del precio de venta del aparato en cuestión irá destinado al pago por el uso de esas patentes. Los bienes intangibles mueven el mundo.

Y aunque seguramente el ideal de un empresario sería registrarlo todo, esto no siempre es posible.

En ocasiones, el invento no reúne los requisitos para su protección por vía de registro: el lamentablemente habitual caso de dar a conocer el nuevo invento y luego recurrir al especialista para obtener la patente, descubriendo que ello ya no es posible, por haberse incumplido el requisito exigido de novedad mundial.

En otras, resulta que el nuevo invento, o la ocurrencia para el nombre del nuevo producto, no es tan novedoso y, después de haber dado todos los pasos para el registro, comprobamos que existe un registro previo por algo idéntico o muy similar que frustra nuestras expectativas. Y todo por no salir al mercado con nuestro producto sin registrar y encontrarnos con una demanda.

En ocasiones también existen motivos económicos que frustran el registro porque sus costes exceden las posibilidades de la empresa en ese momento concreto. Y a veces, ¿por qué no? porque por más innovador que sea el invento, está claro que no tendrá recorrido comercial o le faltan mejoras técnicas y, por lo tanto, no merezca la pena la inversión que requiere su registro o, al menos, no en ese momento.

Además de la propiedad industrial también existe otro bloque igual de importante para la protección de los bienes intangibles: el de la propiedad intelectual. Este otro bloque nace por el mero hecho de la creación y puede funcionar como red última de contención en casos de registros frustrados, reclamaciones o cuando la protección a través de la propiedad industrial o no es posible, o bien no llega a tiempo. Requerirá, eso sí, una esmerada labor de documentación a efectos de prueba.

Con lo que, registrable o no, registrado o no, antes o después, siempre hay que seguir explorando alternativas.

Y si bien es perfectamente comprensible que una start-up que está iniciando su actividad considere la obtención de una marca mundial o de una patente como algo costoso, lo que no puede admitirse es que lo considere algo accesorio o no esencial para su actividad. En el caso de empresas con más recorrido, el desdén por la protección de sus intangibles es algo simplemente imperdonable.

Es fundamental que las empresas planifiquen la política de protección en materia de bienes intangibles prácticamente desde su mismo origen. Considerar e incorporar al plan de trabajo procedimientos específicos que permitan identificar: cuáles son las prioridades de las empresas en función de su actividad, donde y como surge la innovación y la creatividad, si existen secretos empresariales que se deban proteger, cuáles son las alternativas de protección disponible y qué debe hacerse para protegerla (documentarlo, designar un responsable en la organización para la centralización de solicitudes, recurrir al asesor especializado para la valoración del mecanismo de protección más adecuado, entre muchas otras) y, fundamentalmente, formar y concienciar al personal sobre la importancia de esta cuestión.

Una planificación adecuada en este sentido permitirá un uso racional de los recursos, que podrán irse redimensionando según el crecimiento de la empresa, la apertura de nuevas áreas de negocio o la situación coyuntural de cada ejercicio.

Además, se concretará en una sabia inversión: permitirá establecer alertas para saber cuándo y cómo proteger, evitará errores que puedan frustrar la protección, dará control sobre los bienes protegidos (para renovar los registros, ampliarlos, administrar la concesión de licencias a terceros, cobrar royalties, etc.) y creará barreras sólidas ante reclamaciones de terceros.

En un entorno de evolución constante y cada vez más acelerado, estos mecanismos serán, con absoluta seguridad, fuente de riqueza y garantía de viabilidad de la empresa a largo plazo. Una planificación mantenida en el tiempo será una herramienta útil en la toma de decisiones, en la racionalización de la inversión y el diseño del futuro de la empresa. Y así podríamos haber sabido, con años de antelación, que en 2015 iba a ser mejor centrarse en los móviles y descartar los proyectos de coches voladores.

Artículo publicado originalmente en Especial Directivos

Autora: Mabel Klimt

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