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Reciente entrada en vigor del nuevo Reglamento de Procedimiento del Tribunal General de la UE

El pasado mes de marzo, el Tribunal General de la UE
(“TG”) acordó la reforma de su Reglamento de Procedimiento. El nuevo texto
procesal introduce algunas novedades importantes en el apartado relativo al
contencioso en materia de derechos de propiedad industrial e intelectual
(procedimientos
judiciales relacionados con marcas y diseños comunitarios). Entre dichas
novedades pueden destacarse las siguientes:

  • En los recursos directos, la lengua de procedimiento
    será elegida por el demandante de entre las lenguas oficiales de la UE. En
    aquellos casos en los que el interviniente se oponga a la lengua del recurso
    elegido por el demandante, la lengua de la resolución de la Sala de Recurso de
    la OAMI impugnada ante el TG, se convertirá en la lengua de procedimiento.
  • Se suprime la posibilidad de que los escritos
    iniciales de las partes puedan ser completados con escritos de réplica y
    dúplica. 
  • El escrito de adhesión al recurso por parte del
    interviniente deberá presentarse en un escrito separado distinto del escrito de
    contestación al recurso. 
  • El escrito de adhesión al recurso se considerará
    carente de objeto cuando el demandante en el recurso principal desista del
    mismo o cuando el recurso principal se declare manifiestamente inadmisible. 
  • En materia de costas, se contempla la posibilidad de
    que en aquellos casos en los que el recurso interpuesto sea estimado, el TG
    pueda ordenar que la OAMI cargue únicamente con sus propias costas (y el
    demandante vencedor asuma las suyas). 
  • Se introduce la posibilidad de que este tipo de
    recursos puedan ser resueltos por un juez único. 
  • Y también se introduce la posibilidad de que el
    Abogado General pueda intervenir en este tipo de recursos en aquellos casos que
    revistan especial dificultad o complejidad.

La nueva normativa procesal entró en vigor el pasado
1 de julio de 2015
.

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