Desde su puesta en marcha el 1 de junio de 2023, el Tribunal Unificado de Patentes (TUP) o Unified Patent Court (UPC), según su denominación en inglés, ha supuesto un cambio en la resolución de disputas sobre patentes en Europa. Dos años después de su entrada en funcionamiento, el sistema judicial europeo en materia de propiedad industrial ha vivido una transformación relevante que sigue generando dudas sobre su alcance territorial y sus consecuencias prácticas.
Uno de los aspectos que más interés ha despertado es el impacto que pueden tener las decisiones del TUP en países no adheridos al sistema comunitario, como es el caso de España.
¿Qué es el Tribunal Unificado de Patentes?
El TUP es un órgano jurisdiccional especializado que tiene jurisdicción para casos de validez e infracción en materia de Patentes Europeas y actúa en todos aquellos países de la Unión Europea que han firmado y ratificado el Acuerdo para la creación del TUP (UPCA), en el marco del Tratado de Cooperación Reforzada (mecanismo previsto en el Derecho Comunitario).
La puesta en marcha del TUP ha ido de la mano de la creación de un nuevo título de propiedad industrial: la Patente Europea con efecto unitario o Patente Unitaria. Esta patente, una vez concedida por la Oficina Europea de Patentes (OEP), tiene efectos jurídicos automáticos en todos los países participantes del sistema unitario, sin necesidad de validación nacional posterior.
Diferencias entre Patente Unitaria y Patente Europea tradicional
Una Patente Europea convencional debe validarse país por país tras su concesión para pasar a convertirse en una Patente Nacional en cada uno de los territorios firmantes del Convenio de la Patente Europea (EPC) y, así, ejercer sus efectos en los territorios en los cuales se desea obtener protección.
Con la Patente Unitaria, en cambio, los titulares pueden optar por un único título con cobertura territorial simultánea en los Estados miembros que han ratificado el Acuerdo del TUP, lo que simplifica los costes administrativos y legales de mantenimiento y protección.
Jurisdicción del TUP: ¿a qué casos aplica?
El TUP tiene competencia, en los territorios que han ratificado el Tratado para su protección, tanto sobre Patentes Unitarias como Patentes Europeas tradicionales, salvo que estas últimas hayan sido expresamente excluidas mediante el mecanismo de opt-out (esta exclusión debe solicitarse de forma voluntaria ante la jurisdicción del TUP).
Cabe aclarar que, el TUP no es un Tribunal que forme parte de las instituciones oficiales de la Unión Europea. Se trata de un tribunal con carácter nacional, con la particularidad de que tiene autoridad simultánea en todos los países que han ratificado el correspondiente Tratado.
Sin embargo, como cualquier otro tribunal de los países de la UE, está bajo la autoridad del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), especialmente en lo que atañe a cuestiones de interpretación del Derecho Europeo.
España no está al margen de los efectos del TUP
España no se adhirió al Tratado de Cooperación Reforzada y tampoco ha firmado el tratado que da origen al Tribunal Unificado. En consecuencia, las Patentes Europeas validadas en España se rigen, a priori, por el sistema tradicional, y los casos sobre su validez o infracción son competencia de los tribunales españoles.
Sin embargo, esto no significa que las decisiones del TUP no puedan tener efectos en España. Como cualquier Tribunal Nacional de la UE, el TUP también tiene capacidad de dictar sentencias e incoar procedimientos cuyos efectos vayan más allá de las fronteras de los países que forman parte del Tratado del TUP. Debido al Reglamento (UE) 1215/2012 (conocido como Reglamento Bruselas 1) sobre el reconocimiento mutuo, dentro de la UE, de sentencias dictadas por los tribunales de alguno de los países de la Unión.
Ejemplo práctico: medidas cautelares con efecto en España
Imaginemos que una empresa A es titular de una Patente Europea que ha sido validada tanto en España como en varios países europeos que forman parte del sistema del TUP. Por otro lado, una empresa B, con sede en uno de los países participantes en el sistema del TUP, comercializa un producto tanto en dichos países como también en territorio español.
La empresa A considera que esa comercialización podría infringir su patente en todos esos países, incluida España. Por ello, decide interponer una demanda por infracción ante el TUP solicitando medidas cautelares para el cese de la comercialización del producto X por parte de la empresa B.
Si el TUP concede medidas cautelares a favor de la empresa A, esa resolución podría ejecutarse también en España. Esto llevaría a los Tribunales Españoles a ejecutar la correspondiente sentencia de medidas cautelares en España, sin perjuicio de que la decisión sobre el fondo del asunto (la posible infracción o no en territorio español) competa exclusivamente a los tribunales españoles.
Cabe recalcar que, a pesar de que España no esté adherida al Tratado de Cooperación Reforzada y no haya firmado el Tratado para la creación del TUP (UPCA), las decisiones del Tribunal Unificado de Patentes tienen la capacidad, sin duda, de producir efectos también en España.
Desde ELZABURU, seguimos atentos a la evolución del sistema del TUP y sus implicaciones en España, para ofrecer a nuestros clientes un asesoramiento legal alineado con la realidad jurídica europea.
Bosco de la Vega, Asociado del área de Patentes de Elzaburu.

