Las patentes de energías renovables incrementan un 150%

En los últimos años, la búsqueda de energías más sostenibles ha impulsado notablemente las instalaciones solares fotovoltaicas en todo el mundo, con China liderando este crecimiento. Este incremento ha venido acompañado de un significativo aumento en las solicitudes de patentes para proteger estas innovaciones. El desafío futuro ya no será solo generar más energía, sino transportarla y almacenarla eficientemente. Administraciones, universidades y empresas deben enfocarse en esta dirección, protegiendo las innovaciones desde el punto de vista de la Propiedad Industrial.

La tecnología solar fotovoltaica ha mostrado un crecimiento exponencial. En 2023, se instalaron 447 GW de capacidad fotovoltaica en todo el mundo, un 87 % más que en 2022. Esta tecnología domina el sector de las energías renovables, representando el 78 % de las nuevas instalaciones en 2023. Se espera que este crecimiento continúe, alcanzando los 5 TW en 2028, impulsado por la búsqueda de una economía más descarbonizada en un contexto de creciente preocupación medioambiental e incertidumbre geopolítica.

No obstante, el crecimiento no es uniforme en todo el mundo. China es responsable del 56,6 % de la nueva capacidad fotovoltaica instalada en 2023, con 253 GW. Estados Unidos le sigue con 32,4 GW, mientras que España ocupa el sexto lugar con 8,9 GW, detrás de Brasil, Alemania e India.

El crecimiento exponencial de las solicitudes de patentes fotovoltaicas

En términos de investigación, nuevos desarrollos tecnológicos y patentes relacionadas con la producción eléctrica fotovoltaica, en todo el mundo se han publicado desde el principio de 2021 un total de 144.788 nuevas familias de solicitudes de patente, lo cual supone que se ha producido un incremento de casi el 150% en el número de familias de solicitudes de patente publicadas con respecto a los 4 años anteriores.

De todas estas familias de solicitudes de patente un 72%, aproximadamente, estaban originadas en China, un 10% en Estados Unidos y menos de un 10% en Europa. Así pues, China está demostrando su hegemonía tecnológica, no sólo en términos de instalación de nueva capacidad productiva fotovoltaica; también en términos de investigación sobre nuevas tecnologías en este sector.

El reto: cómo transportar y almacenar el excedente de energía

Europa enfrenta varios desafíos no solo en la instalación de nueva capacidad fotovoltaica, sino también en la generación de energía renovable en general, especialmente la eólica y la fotovoltaica.

Uno de los principales retos es la capacidad de la red para transportar la energía generada. La red eléctrica actual a menudo no puede manejar la totalidad de la energía producida por las nuevas instalaciones, lo que demanda una mayor inversión en el desarrollo de la infraestructura de red en Europa.

Es crucial que la industria, las universidades, los centros de investigación y las administraciones europeas incrementen sus esfuerzos para desarrollar soluciones tecnológicas que permitan un mayor aprovechamiento de la capacidad de generación de energía renovable que se está instalando y se instalará en los próximos años.

La necesidad de proteger la innovación en energía mediante Propiedad Industrial

Para fortalecer la industria europea en esta carrera tecnológica, además de facilitar y simplificar el acceso a fuentes de financiación públicas y a planes de incentivos fiscales para las empresas que desarrollen I+D propia, resulta vital la promoción de una cultura de la Propiedad Industrial, mediante la cual la industria pueda ver con claridad meridiana los efectos beneficiosos de una adecuada protección de sus activos intangibles, en cuanto a posicionamiento de sus productos en los mercados, acceso a fondos de financiación públicos y privados, mejora de su reputación y prestigio y protección efectiva frente a usos no autorizados de sus activos.

Esta promoción de una cultura de la Propiedad Industrial abarca al sector público y al privado. Las administraciones, por medio de las respectivas Oficinas de Patentes y Marcas, realizan una labor encomiable en la promoción de esta cultura de la Propiedad Industrial. Asimismo, sería deseable una mayor dotación de recursos en cuanto a unidades policiales especializadas y en cuanto al número de tribunales especializados en Propiedad Industrial.

El sector privado, por su parte, mediante las diferentes asesorías jurídicas y despachos de abogados especializados en Propiedad Industrial, puede y debe promocionar el conocimiento de las empresas sobre los aspectos esenciales de la Propiedad Industrial, animándolas a proteger sus recursos más valiosos, que son sus activos intangibles.

Toda esta promoción de una cultura de la Propiedad Industrial redundará en un mayor incentivo para el fortalecimiento de la industria europea y para lograr un mayor desarrollo tecnológico.

Bosco de la Vega Churruca, Asociado área de Patentes en ELZABURU

El TUP cumple su primer año de funcionamiento

El pasado 1 de junio se cumplió el primer aniversario de la puesta en marcha del Tribunal Unificado de Patentes (TUP). Y aunque arrancó con bastantes incertidumbres en cuanto a su aceptación y funcionamiento, parece que va superando algunos problemas iniciales y que se va asentando poco a poco.

Sus decisiones tienen efecto en los 17 estados miembros participantes en este acuerdo, que pronto serán 18 con la incorporación de Rumanía. En este primer año el TUP ha incoado más de 370 casos, entre ellos uno tan relevante como el que afecta a la patente del sistema de videoarbitraje de los partidos de fútbol que utiliza la UEFA.

Cuando se puso en marcha el TUP había ciertas dudas sobre su nivel de aceptación. Actualmente todas sus divisiones están ya en funcionamiento, aunque es cierto que algunas han recibido hasta el momento muy pocos casos o incluso ninguno.

Una de las razones de que no termine de tener mucha actividad radica en que, aunque los titulares de las demandas son conscientes de la capacidad del TUP para revocar de forma centralizada una patente y hacerla valer en caso de infracción, a veces se sienten más seguros litigando ante los tribunales nacionales.

Aun así, es previsible que el sistema se vaya asentando poco a poco, con decisiones de calidad que permitan ganar la confianza de los potenciales usuarios, y que los problemas técnicos detectados inicialmente se vayan solucionando. Sería también conveniente reforzar la oferta de cursos para conocer mejor el tribunal y sus procedimientos.

Hasta el momento, el sector tecnológico con más casos es el relacionado con tecnologías electrónicas y eléctricas, sobre todo en demandas por infracción. Como contraste, las empresas del sector farma/química/bio no están todo lo activas que se esperaba de ellas; el motivo podría ser que prefieren esperar a que el sistema se encuentre más asentado.

Otro aspecto significativo es que la división local con sede en Munich acapara un tercio de todos los casos presentados. Esto puede deberse a que los tribunales alemanes tienen una larga y contrastada experiencia en este tipo de litigios, unido al hecho de que el alemán es el idioma del 45% de los procedimientos abiertos hasta ahora.

Lo cierto es que esta concentración de casos en la división de Munich supone un cierto desequilibrio del sistema, ya que fue concebido con la idea de ser un tribunal internacional y descentralizado. Quizás la apertura en Milán de una sección de la División Central, prevista para finales de este mes, contribuya a repartir el juego.

Un aspecto importante a considerar antes de iniciar una acción ante el tribunal es el económico: la razón es que tanto las tasas judiciales como los costes de los representantes profesionales y los abogados pueden ser de una cuantía considerable.

Pese a que nuestro país no forma parte del acuerdo del TUP hay empresas españolas que están implicadas en varios procesos, como demandadas y como demandantes. En todos los casos, las decisiones del TUP sólo son válidas para los países participantes, por lo que no se pueden aplicar en España. Para que tuvieran validez en España, habría que emprender acciones ante los tribunales españoles.

Así pues, el Tribunal Unificado de Patentes necesita asentarse para que los posibles usuarios del sistema empiecen a confiar más en él. El objetivo es que en un futuro pueda convertirse en un referente real en Europa a la hora de emprender acciones legales para proteger los derechos de los titulares de patentes.

Pedro Saturio, Agente de Patentes Europeas/European Patent Attorney . Director Adjunto del Área de Patentes

Cáncer: tocado y, próximamente, ¡hundido!

Cuando a mi padre le diagnosticaron un cáncer en el peor estadio, el IV, alguien del personal de la Unidad de Cuidados Paliativos le preguntó qué pensaba. “Cuando te toca, te toca”, respondió él. En efecto, hay algo de azar. Pero también hay mucho de ciencia.

Mientras lees estas líneas, tus células se están dividiendo y, cada vez que una célula se divide, tiene que leer una molécula de más de 3.000 millones de pares de bases de ADN. Conforme envejecemos, esta asombrosa y casi perfecta máquina de lectura llamada maquinaria de replicación del ADN, empieza a deteriorarse dando lugar a que se acumulen mutaciones en nuestras células. Muchas veces, esas mutaciones ocurren en lugares del gen que no se consideran relevantes para una división y crecimiento celular normal. Entonces podemos respirar tranquilos. El problema viene cuando estas mutaciones o fallos de lectura ocurren en un gen que es importante para la división y multiplicación celular normal.

En ese caso, que para mi padre era una fórmula coloquial de resignación y estoicismo, se desencadena una proliferación anormal de nuestras células. Es lo que llamamos cáncer, un denominador común de hasta 200 enfermedades diferentes de nuestras células, la mayoría muy diferentes entre sí. Si se produce una acumulación de estas mutaciones en lugares inadecuados de nuestro ADN, entonces ya tiene nombre el diagnóstico que ningún paciente quiere escuchar.

Por tanto, no podemos impedir el desarrollo de algún tipo de cáncer a lo largo de nuestra vida. Lo que sí está en nuestra mano es ‘reducir las papeletas’ que el azar, como pensaba mi padre, reparte a nuestro organismo. Hábitos como el exceso de peso por sedentarismo y/o una mala dieta, el consumo de alcohol o el tabaquismo y sus carcinógenos (los cuales son responsables de más del 30% de los tumores y unos 15 tipos distintos de cáncer) incrementan las posibilidades de que las mutaciones celulares tengan lugar en lugares peligrosos de nuestro ADN. En consecuencia, debemos ser plenamente conscientes del papel que puede jugar la prevención de riesgos. Alrededor del 50% de los cánceres actuales se podrían evitar cambiando nuestros estilos de vida.

Los avances médicos nos ayudan a vivir más tiempo, pero la prolongación de la vida multiplica las probabilidades de encontrarnos cara a cara con el cáncer. En la Unión Europea, el 31% de los hombres y el 25% de las mujeres serán diagnosticados de cáncer antes de cumplir los 75 años, siendo hoy en día la segunda causa de muerte a nivel mundial, solo superada por las enfermedades cardiovasculares.

En una época donde casi todos estamos concienciados por la creciente prevalencia del cáncer (y donde se trabaja a nivel mundial para combatir este grupo de enfermedades intentando reducir los efectos secundarios de los tratamientos, mejorando la calidad de vida de los pacientes), los derechos de propiedad industrial juegan un papel fundamental en la investigación contra el cáncer. Un diagnóstico preciso, un tratamiento eficaz y enfoques multifacéticos, las mejores armas sanitarias contra la enfermedad, no tienen que ver con el azar, sino con el avance de la tecnología biomédica.

Las patentes son derechos exclusivos que se conceden a las invenciones que sean nuevas, inventivas y tengan aplicabilidad industrial. A cambio de estos derechos exclusivos (los cuales permiten a las empresas recuperar su inversión y financiar futuras investigaciones), todas las solicitudes de patente se publican, revelando así los detalles técnicos de los avances que contienen. Por tanto, los derechos de propiedad industrial no solo protegen estas innovaciones, sino que atraen a inversores y apoyan la colaboración y la transferencia de tecnología entre las instituciones de investigación e industria. Es una situación de win win. Gana quien descubre un nuevo paso adelante y ganamos todos los demás con ello: sectores farmacéutico y médico, sector público y población general.

El 4 de febrero se celebra el Día Mundial de la Lucha contra el Cáncer. Con ese motivo, la Oficina Europea de Patentes publicó un nuevo estudio, «Patentes e innovación contra el cáncer» (https://link.epo.org/web/publications/studies/en-patents-and-innovation-against-cancer-study.pdf) que pone de manifiesto cómo las invenciones oncológicas han aumentado en más de un 70% entre 2015 y 2021. Este porcentaje se ha calculado a partir del número de familias de patentes internacionales (solicitudes que protegen la misma invención, que incluye una solicitud de patente internacional publicada, una solicitud de patente publicada en una oficina regional de patentes o solicitudes de patente publicadas en dos o más oficinas nacionales de patentes). Además, la Oficina Europea de Patentes ha lanzado una plataforma de acceso gratuito, Technologies combatting cancer | Epo.org, donde se puede acceder a las últimas solicitudes de patente agrupadas por diagnóstico, prevención y detección precoz, tratamiento, etc., proporcionando así una herramienta de muchísima utilidad para estar al día y favorecer así la transferencia de conocimiento y un avance más rápido en este campo.

En el informe de la Oficina Europea de Patentes se destaca que, desde los años 70, se han publicado más de 140.000 invenciones contra el cáncer. Y que, entre 2015 y 2021, el número anual de familias de patentes internacionales aumentó en más de un 70%, lo que equivale a una tasa de crecimiento anual del 9,34%. Todo este crecimiento en innovación ha sido acelerado por el desarrollo de la biotecnología y la tecnología de la información y la comunicación (TIC), así como el aumento de la inversión, la colaboración internacional, el intercambio de datos y los incentivos regulatorios. Tecnologías como la terapia génica, los ácidos nucleicos no codificantes o la inmunoterapia, y las terapias dirigidas están revolucionando el tratamiento y la atención del cáncer. Además, los avances en el diagnóstico del cáncer, como las biopsias líquidas, presentan un crecimiento del 20% anual entre las familias de patentes internacionales. Estas biopsias permiten detectar en sangre el ADN tumoral circulante, entre otras cosas, siendo el área de mayor activad en patentes de biomarcadores con más de 2.000 familias de patentes internaciones en 2021, mejorando así las tasas de detección precoz, fundamentales para que muchos pacientes, como mi padre, no reciban junto al diagnóstico una casi sentencia de muerte.

Estados Unidos destaca como líder indiscutible en la innovación relacionada con la oncología, con casi el 50% de todas las familias de patentes internacionales presentadas desde 2002 hasta 2021. Los 27 Estados Miembros de la Unión Europea ocupan el segundo lugar, con un 18% de contribución. España forma parte del top 10 de los países europeos más innovadores en materia de cáncer, ocupando el noveno lugar con 1.539 familias de patentes internacionales solicitadas durante las dos últimas décadas, por detrás de países más activos como Alemania o Reino Unido.

En España resalta el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), con 184 familias de patentes internacionales presentadas. Las universidades y los organismos públicos de investigación generan una impresionante contribución a esta causa, solicitando una de cada tres familias de patentes internacionales. Esto saca a relucir una tendencia: las empresas farmacéuticas cada vez son más dependientes de la investigación básica y preclínica que proviene de las universidades y de los organismos públicos de investigación.

Las tecnologías de tratamiento del cáncer abarcan una amplia gama de métodos y herramientas. Entre ellas, las clásicas, como la cirugía, la radioterapia o la quimioterapia, utilizadas durante muchos años, que continúan siendo estudiadas para seguir aumentando su eficacia y reducir sus efectos secundarios.

Habiendo sido acompañante varias veces en la sala de quimioterapia, piensas en las ganas de vivir que tenemos todos y en lo valerosos son los pacientes que están recibiendo su tratamiento sin saber si ese ciclo va a seguir siendo efectivo o no; sabiendo que el tratamiento afecta tanto a las células cancerosas como a las sanas y que cada componente que les administran les puede producir distintos efectos secundarios como debilidad, neuropatía, anemia, diarrea, llagas en la boca, cortes en los dedos, sequedad extrema de la piel o algunos permanentes en distintos órganos. Un conjunto de sentimientos y sensaciones muy intensos para los de “fuera” que los enfermos de cáncer aprenden a desdramatizar en esas salas.

Lo normal al recibir un diagnóstico de cáncer es empezar a buscar información al respecto, leer artículos, consultar estadísticas de supervivencia, técnicas aplicadas… lamentablemente, la realidad es muy distinta. Hay muchos tipos de tecnología todavía en desarrollo y en proceso de ensayos clínicos, como la inmunoterapia (destacando a las células Natural Killer modificadas como firmes candidatas para el desarrollo de terapias universales), la terapia dirigida y otros enfoques biológicos, como la eliminación directa, la terapia génica, los ácidos nucleicos no codificantes y los tratamientos alternativos, como el radiomarcado o los campos eléctricos alternos para tumores del encéfalo. Estas tecnologías intentan comprender los mecanismos moleculares y genéticos del cáncer y utilizar el sistema inmunitario o agentes específicos para combatirlo. Como si ayudaran al cuerpo humano a combatir por sí mismo esas mutaciones dañinas. Un ejemplo de esto, que viene pisando el acelerador a fondo, son las vacunas que reconocen neoantígenos tumorales, antígenos específicos de tumores, que podrían convertirse en un tratamiento potencial para diferentes tipos de tumores y facilitar el acceso a un mayor número de pacientes. Sin duda, todo tecnologías prometedoras, pero aún en fase de investigación o aprobación o que no están disponibles para todos los pacientes ni para todos los tipos de cáncer.

Hace apenas un mes que se ha publicado un artículo con los resultados del mayor programa de secuenciación de genomas en cáncer. Este análisis combinado de datos genómicos y clínicos de 13.000 pacientes de cáncer deja claro que la secuenciación de genomas puede ayudar a enfocar la forma de tratar a los pacientes. Las tecnologías de la información y la comunicación relacionadas con el cáncer, las cuales juegan un papel muy importante en su diagnóstico y tratamiento, especialmente a través de los campos de la bioinformática, también pueden ayudar a identificar biomarcadores o dianas para el desarrollo de fármacos. Esta es el área tecnológica con mayor crecimiento en número de patentes solicitadas. Gracias a su capacidad para procesar y analizar grandes conjuntos de datos, estas tecnologías tales como la inteligencia artificial (IA) y el big data nos permiten tener enfoques más precisos y personalizados para el tratamiento del cáncer, así como una mejor comprensión de su base genética y molecular.

Ahondando un poco más en el futuro de la IA, ésta ofrece un potencial enorme con una identificación rápida y precisa de los tipos, estadios, resistencia a los distintos fármacos y características genéticas del cáncer con el uso de algoritmos de aprendizaje automático. Estos avances son indispensables para mejorar los resultados, permitir planes de tratamiento personalizados y monitorizar la progresión de la enfermedad y los innovadores los saben, habiendo experimentado un crecimiento impresionante el número de solicitudes de patente en este sector de la oncología desde 2015 (sobre todo en Estados Unidos y China).

Por lo tanto, cabe confiar en que las herramientas de análisis de los tumores y métodos de diagnóstico sigan avanzando y que, gracias a ellas, podamos anticiparnos al cáncer, detectándolo de manera más precoz, reduciendo al mínimo los casos como el de mi padre y pudiendo finalmente cronificar o tratar a todo este grupo de enfermedades que llamamos cáncer.

Todas estas metas estarán al alcance de la investigación, pero para ello se necesitan muchos recursos y la colaboración de todos los implicados en este avance. Cuantos más recursos se logren para la investigación, menor será el tiempo que tardaremos en alcanzar estas metas. El cáncer nos afecta a todos y, por lo tanto, es nuestra responsabilidad hacer realidad estos avances cuanto antes.

Mi padre, como buen innovador, físico nuclear y diplomático de la OCDE, se mostraba siempre muy entusiasmado con todas las patentes, estudios y artículos que yo le contaba y se enorgullecía de que su hija, en parte, pudiera estar implicada. Él sabía que no llegaría a experimentar en su propio tratamiento estas innovaciones, pero creía firmemente que, en un futuro no muy lejano, el avance en oncología iba a ser decisivo. Un avance tan significativo como para plantearse que el cáncer quede tocado e, incluso, hundido.

Sirva este artículo como un homenaje y agradecimiento absoluto a todos los diagnosticados de cáncer (¡nadie sabe realmente lo fuertes que sois y cada uno vence a su modo!), familiares (habiendo sido yo uno de ellos hasta hace no mucho), investigadores, personal sanitario, voluntarios, inversores y a todos los que hacéis posible que, cada día, podamos plantarle cada vez más cara al cáncer.

Marina Reig, Asociada en ELZABURU

Publicado en el Blog de AseBio: Cáncer: tocado y, próximamente, ¡hundido! | AseBio

¿Cómo proteger los resultados de tu proyecto de investigación?

Seas un profesional independientemente, una pyme, una gran empresa de ingeniería, un instituto de investigación o una universidad, seguramente te habrás planteado cómo sacar partido a los resultados de tus esfuerzos e inversiones en I+D.

Llegar a desarrollos tecnológicos susceptibles de ser industrialmente aplicables y que ofrezcan soluciones a problemas técnicos de diversa categoría no es una labor fácil o al alcance de cualquiera que no dedique una gran cantidad de recursos (de formación, de tiempo y de financiación).Por otra parte, y aunque no desees comercializar directamente el fruto de tu investigación, sino que desees sacarle provecho en solitario para realizar tu actividad económica, en ocasiones es difícil mantener en secreto una determinada tecnología, ya que la competencia puede llegar a ella fácilmente a partir del mero análisis de tus productos de venta mediante ingeniería inversa.Por tanto, en el curso de tus actividades de investigación, posiblemente experimentarás la necesidad de patentar tu tecnología para proteger tus desarrollos frente a explotaciones por parte de terceros que no cuenten con tu consentimiento.Y aquí es donde cobra especial importancia la figura del agente de patentes.El agente de patentes y, concretamente el agente de patentes europeas, es una persona con formación científica y/o en ingeniería, capaz de hablar el mismo idioma que los equipos de I+D de las empresas, comprender dónde se encuentra el núcleo de cada desarrollo tecnológico y aquello en donde hay que centrar la protección.Asimismo, el agente de patentes es alguien con formación jurídica en derecho de patentes, que conoce las particularidades y peligros que encierra el proceso de tramitación de una patente ante la correspondiente oficina nacional/regional de patentes, y es capaz de asesorar para obtener finalmente la protección buscada para la tecnología.El agente de patentes puede intervenir en procesos de oposición a patentes de terceros, o defender tu patente cuando un competidor se opone a ella, desenvolviéndose con soltura en complejos procesos en donde factores técnicos y jurídicos cobran una importancia capital.Asimismo, el agente de patentes puede trabajar en estrecha colaboración con los abogados, en procesos judiciales de nulidad en donde se dirima la validez de una patente, o en procesos judiciales de infracción en donde se requiera de una opinión técnico-jurídica sobre el fondo de los hechos presuntamente infractores.Por este motivo, si quieres llevar a buen puerto tu estrategia de protección de la tecnología que has desarrollado, siempre será una buena idea contar con el asesoramiento de un agente de patentes.

Bosco de la Vega, Asociado en ELZABURU.

¿Cuál es el balance de los cinco primeros meses del Tribunal Unificado de Patentes y la Patente Unitaria?

El Tribunal Unificado de Patentes (TUP) y la Patente Unitaria se pusieron en marcha el 1 de junio de 2023, por lo que ya es posible obtener algunos datos  y realizar un balance preliminar.

En cuanto a la Patente Unitaria, las peticiones de efecto unitario hasta la fecha han superado la cifra de 13000, lo que supone aproximadamente de un 30% de las patentes europeas concedidas en ese periodo, es decir, un porcentaje bastante significativo.

También es de destacar que el idioma más elegido para la traducción del texto de la patente europea concedida, que es necesario aportar con la petición de la Patente Unitaria, es el español (con un 28,5% del total). Este dato puede ser un indicador de que muchos solicitantes de Patente Unitaria también están interesados en validar en España, para lo cual pueden aprovechar esa traducción al español.

Por parte de la EPO se han realizado las adaptaciones oportunas en el Registro y en el Boletín de Patentes Europeas con el objeto de incluir la información correspondiente a las Patentes Unitarias.

En cuanto al TUP, el número de casos presentados es de unos 80, de diversos campos tecnológicos, principalmente en los sectores farmacéutico y de telecomunicaciones y electrónica.

Se han celebrado vistas orales sobre demandas por infracción en algunas Divisiones Locales (como Múnich, Viena o Helsinki) y sobre una demanda de nulidad de patente en la sede de París de la División Central.

Ya hay algunas decisiones interesantes. Por ejemplo, la División Local de Helsinki ha interpretado que las retiradas de “opt-out” (los llamados “opt-in”, para volver a poner una patente europea bajo la jurisdicción del TUP) no son válidas para aquellas patentes para las que las partes hubieran presentado demandas nacionales antes de que el TUP comenzara a funcionar.

Asimismo el Tribunal de Recursos del TUP de Luxemburgo ha emitido su primera decisión, en la que ha establecido que el plazo en el que el demandado debe presentar el escrito de contestación a la demanda comienza cuando el demandante ha presentado todos los documentos.

Por otro lado, en este periodo también se ha acordado que la nueva sección de la División Central del TUP sea Milán (en lugar de Londres, y junto a la sede de París y la sección de Múnich), si bien está previsto que no sea hasta junio de 2024 cuando dicha sección de Milán pueda recibir sus primeros casos. Los casos asignados a Milán serán los de la Sección A de la Clasificación Internacional de Patentes (“Necesidades corrientes de la vida”), excluyendo los Certificados Complementarios de Protección, que serán competencia de la sede de París.

El Tribunal Unificado de Patentes y la Patente Unitaria ya se encuentran operativos y en marcha. Habrá que estar atentos a las primeras órdenes y decisiones del TUP y a la aplicación de los procedimientos que hagan sus diferentes Divisiones, que pueden marcar el futuro del sistema.

Pedro Saturio, Agente de Patentes Europeas/European Patent Attorney . Director Adjunto del Área de Patentes

Los 10 días extra en las comunicaciones de la EPO se terminan, ¿estás preparado?

El 13 de octubre de 2022 el Consejo de Administración de la Organización Europea de Patentes adoptó una serie de cambios en el Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea (CPE). Entre estos cambios se encuentran los que afectan a las reglas relativas a las notificaciones emitidas por la Oficina Europea de Patentes (OEP), los cuales tendrán efecto el próximo 1 de noviembre de 2023.

Posteriormente, el 6 de marzo de 2023, la OEP emitió su propia nota al respecto, indicando como se aplicarían dichos cambios.

Según las reglas en vigor, un documento emitido por la OEP se considera notificado el décimo día tras su entrega a los servicios postales de la OEP, o el décimo día tras su transmisión mediante comunicación electrónica. Esta medida se tomó para tener en cuenta los posibles retrasos derivados de la entrega de los documentos por correo postal.

Sin embargo, en la actualidad, el uso cada vez mas extendido del servicio “Mailbox” de la OEP que se inició en 2011, ha hecho que las comunicaciones sean inmediatas. Por esta razón, con el fin de adaptarse al principio de notificación electrónica instantánea se han revisado las reglas y a partir del próximo 1 de noviembre de 2023 los documentos se considerarán notificados en la fecha impresa en la comunicación, si es por correo postal, o en la fecha del documento notificado electrónicamente, poniendo fin así a la denominada “regla de los 10 días”.

Teniendo en cuenta que la fecha de notificación del documento es la que marca el cómputo del plazo establecido en dicho documento, estos cambios tienen un efecto directo sobre el cálculo de plazos. Así, por ejemplo, si consideramos una notificación de la OEP con fecha 11 de abril de 2023, en la que se fija un plazo de respuesta de 4 meses, según el Reglamento actual se considerará notificada el 21 de abril de 2023 y el plazo de respuesta finalizará el 21 de agosto de 2023. Según los cambios que tendrán efecto en noviembre, el documento se considerará notificado el 11 de abril de 2023, y el plazo de respuesta finalizará el 11 de agosto de 2023.

Por tanto, una primera consecuencia de la desaparición de “la regla de los 10 días” es que los plazos se acortan y, por tanto, se deberá tener especial cuidado en la realización de los trámites correspondientes, especialmente en aquellos casos en los que los plazos se dilatan hasta el final del plazo establecido.

Por otro lado, los citados cambios suponen que haya una mayor simplicidad/uniformidad con respecto a los procedimientos ante otras jurisdicciones pues esta “ficción” de extensión de los plazos en 10 días únicamente se aplicaba en los procedimientos antes la OEP.

En ELZABURU nuestro equipo de profesionales y nuestros sistemas están ya preparados para implementar los cambios a partir del 1 de noviembre de 2023, asegurando la realización de las acciones necesarias para salvaguardar los derechos de nuestros clientes dentro de los plazos establecidos.

Dra. Ma Mercedes García, Agente de Patentes Europeas, Socia Asociada en ELZABURU.

La patente unitaria

El sistema conocido como “Patente Europea con Efecto Unitario” (o “Patente Unitaria”, como se la denomina coloquialmente), ha entrado en vigor el día 1 de junio de 2023.

Este sistema consta de dos Reglamentos de la Unión Europea (EU 1257/2012 y EU 1260/2012), que definen:

  • la creación de una patente europea con efecto unitario para todos los países participantes, y
  • un Acuerdo Internacional por el que se crea un Tribunal Unificado de Patentes (TUP), que tiene jurisdicción exclusiva para litigar estas nuevas patentes unitarias.

De acuerdo con este nuevo sistema, los solicitantes de patentes europeas que lo deseen podrán solicitar que su patente europea concedida por la Oficina Europea de Patentes (EPO) tenga efecto unitario en todos los países que en ese momento sean participantes del sistema. Esto significa que la patente europea se considerará en esos países como una patente única para todos ellos. Una de las consecuencias más inmediatas de este sistema es que, si se opta por la vía unitaria, para los países participantes ya no será necesario proceder con las denominadas validaciones nacionales. Sin embargo, si no se desea que la patente europea concedida tenga efecto unitario, seguirá siendo posible validar en esos países por la vía nacional como hasta ahora. Además, seguirá siendo necesario validar en los países no adheridos al sistema, tales como España, Reino Unido, Suiza, Noruega, Polonia, Islandia o Turquía, entre otros.

Para poder beneficiarse de este nuevo sistema, los solicitantes de patentes europeas podrán solicitar el efecto unitario en el plazo improrrogable de 1 mes a partir de la concesión de la patente por parte de la EPO. Esta solicitud, que no conlleva el pago de ninguna tasa oficial, deberá ir acompañada de la traducción de la patente europea concedida al inglés, si la patente europea fue concedida en francés o alemán, o a uno cualquiera de los idiomas oficiales de la UE, incluido el español, si la patente europea fue concedida en inglés.

A día de hoy, los países que han ratificado ya el sistema y que por tanto son los países que están dentro del sistema de la patente unitaria son: Austria, Alemania, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Portugal y Suecia, mientras que se encuentra en proceso de ratificación en: Chipre, Eslovaquia, Grecia, Hungría, Irlanda, República Checa y Rumanía. España no se ha adherido a este sistema, si bien los solicitantes españoles de patentes europeas podrán beneficiarse del mismo, al igual que lo podrán hacer los de cualquier otro país del mundo.

A la hora de elegir si conviene o no el efecto unitario para una patente europea concedida, es preciso tener en cuenta las siguientes consideraciones:

Ventajas del efecto unitario:

  • La patente se mantendrá en vigor en todos los países adheridos al sistema mediante un único pago de una cuota de mantenimiento anual a la EPO, que cubrirá todos los países adheridos al sistema, y por tanto no será necesario pagar tasas de mantenimiento individuales en cada uno de ellos.
  • Será posible litigar contra posibles infractores de la patente en los distintos países adheridos al sistema mediante un único pleito de infracción presentado ante el TUP.
  • Se prevé una compensación de gastos de traducción de 500 € para aquellas patentes europeas para las que se solicite efecto unitario y que fueran originalmente presentadas por pequeñas o medianas empresas, ONGs, etc. en un idioma distinto del inglés, francés o alemán.

Desventajas del efecto unitario:

  • La patente unitaria estará sujeta a acciones de invalidación centralizadas ante el TUP, que en caso de éxito invalidarán automáticamente la patente unitaria en todos y cada uno de los países adheridos al sistema. Esta acción de invalidación podrá presentarse a lo largo de toda la vida de la patente unitaria.
  • No será posible abandonar la protección en países individuales mediante la omisión del pago de las anualidades correspondientes en los países que ya no interesen, como se puede hacer ahora mismo en el caso de las patentes sometidas al sistema de validaciones nacionales. En caso de falta de pago de la cuota de mantenimiento de la patente unitaria, ésta quedará abandonada en todos los países adheridos al sistema.
  • La cuota de mantenimiento anual de la patente unitaria es relativamente elevada y equivale a aproximadamente 4-5 cuotas de mantenimiento anuales de países individuales de la UE tales como Francia o Alemania. Por tanto, si se desea protección en 3 países o menos del sistema, la patente unitaria generalmente tendrá un mayor coste de mantenimiento respecto al sistema de validaciones nacionales.

Finalmente, una cuestión muy importante: A partir del día 1 de junio de 2023, el TUP tiene la jurisdicción exclusiva sobre todas las patentes unitarias, pero también, por defecto, sobre todas las patentes europeas clásicas, tanto las futuras como las ya concedidas por la EPO con anterioridad a la entrada en vigor del sistema. Esto significa que las patentes europeas ya concedidas pueden sufrir en cualquier momento una acción de invalidación ante el TUP, pudiendo quedar invalidadas en todos aquellos países donde se encuentren en vigor y que estén adheridos al sistema.

Para evitar que esto ocurra, y durante un plazo inicial de 7 años desde la entrada en vigor del sistema, los titulares de patentes europeas clásicas, es decir, las que hayan seguido la ruta de las validaciones nacionales, podrán presentar una petición de “opt-out” de la jurisdicción del TUP, no siendo posible solicitar el opt-out de una patente unitaria. Esta petición de “opt-out” implica lo siguiente:

 

  • Si se solicita dicho “opt-out”, las patentes afectadas ya no caerán dentro de la jurisdicción del TUP, sino que lo seguirán haciendo ante los tribunales nacionales de cada país y por tanto se litigarán ante los mismos, como hasta ahora.
  • Por el contrario, en ausencia de petición de “opt-out”, las patentes europeas concedidas caerán dentro de la jurisdicción del TUP y podrán ser invalidadas en todos los países adheridos al sistema mediante una única acción de invalidación presentada ante dicho Tribunal.

En consecuencia, todos los titulares de patentes europeas clásicas, tanto las ya concedidas como las futuras, deben decidir si desean solicitar el “opt-out” para las mismas.

Como es lógico, no es posible dar un consejo general que aplique a todos y cada uno de los casos, que tendrán que ser estudiados uno por uno, sopesando ventajas e inconvenientes para cada caso en particular, y tomando en consideración para ello tanto el punto de vista económico como el comercial y el estratégico. Para este fin, ELZABURU dispone de profesionales que ya están reconocidos como representantes registrados ante el TUP y que por tanto podrán representar a nuestros clientes ante el Tribunal Unificado de Patentes y asesorarles adecuadamente. Para más información, le rogamos contacte con  ELZABURU.

ELZABURU S.L.P.

 

Programa de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes.

En el desarrollo de cualquier negocio, hoy en día resulta fundamental tener incorporado en el plan estratégico de cualquier empresa una adecuada estrategia de protección de sus intangibles. Esto facilita no solo una protección en el mercado frente a eventuales intentos de copia por parte de terceros, sino también el acceso a financiación por parte de fondos de inversión que puedan estar interesados en invertir en un determinado proyecto.

Los intangibles son protegidos mediante las diversas modalidades de protección de la Propiedad Industrial existentes, según la naturaleza del intangible que se desee proteger.

En el caso de la tecnología, estos intangibles son protegidos frecuentemente mediante las figuras jurídicas de la Patente de invención y el Modelo de Utilidad (en aquellas jurisdicciones en las que existe esta última).

Para cualquier empresa que esté planteándose una estrategia de crecimiento y posible expansión internacional, la protección mediante Patente o Modelo de Utilidad de su tecnología resulta crucial, y el acceso a esta protección en los distintos territorios requiere un importante desembolso en tasas oficiales ante los distintos organismos encargados de gestionar la tramitación y concesión de los correspondientes títulos.

Para facilitar el acceso a la protección mediante Patente y Modelo de Utilidad de las empresas y fomentar el posicionamiento de la Industria Española en los distintos mercados, un año más, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha convocado su programa de subvenciones para facilitar el acceso a la protección de desarrollos tecnológicos, tanto en territorio español como en otros países.

En el caso de España, se ofrece un programa de subvención para pymes y personas físicas de hasta el 90% de las tasas oficiales pagadas ante la OEPM para solicitudes de Patente o Modelo de Utilidad que aparezcan publicadas en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) en cualquiera de los años 2020, 2021 y 2022.

En el caso de protección fuera de España, se ofrecen subvenciones de hasta el 80% (hasta el 90% en caso de pymes y personas físicas) de las tasas pagadas en el año 2022 por solicitudes de Patente Europea, o por solicitudes internacionales de patente (solicitudes PCT), o por solicitudes de patente (o modelo de utilidad) directa en otros países ante las correspondientes oficinas nacionales de patentes.

El plazo para la solicitud de estas subvenciones finaliza el próximo 25 de mayo de 2023.

La solicitud puede realizarse a través de la sede electrónica de la OEPM (https://sede.oepm.gob.es/).

Agradecemos a la OEPM la convocatoria, un año más, de su programa de subvenciones, y deseamos mucho éxito a todos los titulares de patentes y modelos de utilidad que deseen participar.

Bosco de la Vega, Asociado de Área de Patentes

Propuesta de la Comisión Europea de tres nuevos Reglamentos en materia patentes.

La Comisión Europea acaba de lanzar la propuesta de tres nuevos Reglamentos de significativa relevancia en el ámbito del derecho de patentes. Ha sido elaborada tras un largo proceso de consulta con las partes interesadas, que se puso en marcha tras la publicación en noviembre de 2020 del Plan de Acción de la Comisión sobre la propiedad intelectual para ayudar a las empresas, especialmente a las pymes.

Según la Comisión Europea, los nuevos Reglamentos servirán para complementar el sistema de la nueva Patente Unitaria que entrará en funcionamiento el próximo 1 de junio de 2023, y su finalidad es hacer que el sistema de patentes sea más eficaz dentro de la Unión. Los Reglamentos propuestos se refieren a los siguientes aspectos:

Patentes esenciales y licencias FRAND

Las denominadas patentes esenciales (SEP en su terminología en inglés) protegen invenciones que forman parte de un estándar tecnológico aprobado por un organismo de estandarización independiente. Son de gran importancia en áreas de desarrollo tecnológico fundamentales como el 5G o el Internet de las Cosas.

A través de su propuesta de Reglamento, la Comisión pretende facilitar una mayor transparencia en relación con las carteras de patentes esenciales y la fijación de licencias sobre las mismas en condiciones justas, razonables y no discriminatorias (licencias FRAND, por sus siglas en inglés). Entre las principales novedades en este sentido incluidas en la propuesta se encuentra la creación de un registro y base de datos de patentes SEP, la implementación de un sistema para la evaluación de su esencialidad, y la de un procedimiento de conciliación para la fijación del importe de las licencias FRAND que evite los largos y costosos procedimientos judiciales actuales. De todo ello se encargaría un nuevo “Centro de competencia” integrado en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), con sede en Alicante.

Licencias obligatorias

Las licencias obligatorias son una figura legal que permite a los gobiernos autorizar el uso a terceros de invenciones patentadas en casos de necesidad, cuando los titulares de las patentes rechacen la concesión de licencias voluntarias.

A través del nuevo Reglamento se pretende unificar los sistemas nacionales de concesión de licencias obligatorias actualmente en vigor para complementar otros instrumentos de gestión de crisis a disposición de las instituciones de la Unión Europea.

Certificados Complementarios de Protección

A través de los llamados Certificados Complementarios de Protección se puede obtener un plazo adicional de cinco años de vigencia para las patentes de productos farmacéuticos y fitosanitarios, adicional a los 20 años de todas las patentes.

Los Certificados Complementarios de Protección se conceden por las Oficinas nacionales de Patentes y a través de la propuesta del nuevo Reglamento se busca la centralización del procedimiento de examen, que sería implementado por la EUIPO en colaboración con esas Oficinas. Además, se propone la creación de un Certificado Complementario de Protección Unitario que complementaría a las Patentes Unitarias.

Los nuevos Reglamentos propuestos por la Comisión deberán ser ahora discutidos y aprobados por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. El debate sobre los mismos se prevé intenso por los importantes intereses en juego, en particular en lo que respecta a las patentes esenciales y las licencias obligatorias. Habrá que estar muy atentos al resultado de este proceso.

Carlos Morán, Socio en ELZABURU

La Oficina de Patentes de EEUU se suma a la emisión de títulos electrónicos.

A partir del 18 de abril de 2023, la Oficina de Patentes de EEUU dejará de emitir los títulos de patente en papel y lo hará en formato electrónico. Para otras modalidades de propiedad industrial (como las marcas) la emisión electrónica del título era ya una realidad desde el año pasado.

De esta forma se suma a la práctica que ya realizan las principales Oficinas de Patentes (EPO, China, Corea del Sur, etc.), que desde hace algún tiempo ya habían abandonado el formato de papel para sus títulos de patente.

Durante un periodo transitorio la Oficina de Patentes de EEUU emitirá también una versión en papel, pero después de dicho periodo solo será posible obtener la versión en papel mediante el pago de una tasa adicional.

Con esta medida (que permitirá un ahorro a la Administración de EEUU de unos 2 millones de dólares anuales) se pretende también reducir el impacto medioambiental que suponía la impresión del título y su envío a los titulares del mismo, al evitar el consumo de papel y de tinta y los costes de correo y de transporte asociados a su envío. A la vez, se reduce el tiempo en el que el titular puede disponer de su título de patente.

Desde ELZABURU aplaudimos esta decisión de la Oficina de Patentes de EEUU, que está en línea con las medidas que desde las administraciones se están adoptando para reducir, en lo posible, el impacto medioambiental que producen los procesos tradicionales.

En este sentido, ELZABURU también está comprometido con la protección del medioambiente, al haber adoptado desde hace varios años una política de reducción y eliminación del consumo de papel, mediante la implantación de expedientes electrónicos y la eliminación del soporte papel en la mayoría de los procesos y expedientes.

 

Pedro Saturio, socio asociado del área de Patetes